Salcedo. -El Tribunal Colegiado de Hermanas Mirabal condenó a 20 años de prisión a un hombre hallado culpable de violar sexualmente a una menor de edad durante cuatro años en Salcedo, informó este lunes la Procuraduría General de la República.
Según una nota de la institución, el condenado fue identificado como Félix de Jesús Bisonó Carela, quien deberá cumplir la pena en la cárcel pública Juana Núñez, del municipio Salcedo, provincia Hermanas Mirabal.
La magistrada Yudelka Buret, Biannelys Martínez Calvo y Felicia Núñez de Jesús acogieron los argumentos del Ministerio Público contra Bisonó Carela.
De acuerdo con el expediente instrumentado por el órgano acusador, el 11 de abril del 2022, fue presentada una denuncia ante la Unidad de Atención a la Violencia de Género de esa demarcación que indica que el procesado había abusado en diferentes ocasiones de la niña, una menor de edad de 11 años, desde que la pequeña tenía 7 años.
“La niña era abusada en la casa de una pariente del agresor, ubicada en la comunidad Jayabo Las Lilas, en momentos en que la niña le llevaba agua a su habitación”, explicó la nota de la Procuraduría.
La acusación señala que la menor de edad vivía bajo amenaza constante del procesado, quien le advertía que la mataría junto a su madre si lo delataba.
La víctima fue interrogada en el Centro de Entrevista para Personas en Condiciones de Vulnerabilidad de la ciudad de San Francisco de Macorís, en la provincia Duarte, donde manifestó todo lo sucedido.
“El acusado fue declarado culpable luego de que las juezas actuantes en el caso acogieran las pruebas documentales, testimoniales y periciales presentadas por los fiscales de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de este distrito judicial, Yesiely Fabré Fernández y Gabriel Pierre Rojas, con las cuales quedó demostrada su responsabilidad en el hecho”, agregó la nota de la entidad.
El tribunal lo declaró culpable de violar los artículos 331, 332, en sus numerales 1 y 2, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y el artículo 396, literales B y C, del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).